Au Pair en Polonia: Visa y pasos legales
Documentación general requerida
Seguro médico
Comprobante de cobertura de seguro médico vigenteCurso de idioma (si aplica)
Prueba de inscripción en un curso de polacoBoleto de avión
Pasaporte vigente
Documentos de visa
Prueba de fondos
Contrato Au Pair
Información sobre el alojamiento
Dirección y detalles de la Familia AnfitrionaCategorías de visa
Au Pairs de la UE/EEE – Estancia de hasta 3 meses
- Documento de identidad o pasaporte vigente
- Cobertura de seguro médico
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Entrada a Polonia
No se requiere visa para ciudadanos de la UE/EEE. -
Estancia en PoloniaPara estancias menores a 3 meses, normalmente no se requiere registro de residencia. Sin embargo, las Au Pairs siempre deben tener documentos de identificación vigentes y contar con un comprobante de seguro médico disponible durante su estancia en Polonia.
Au Pairs de la UE/EEE – Estancia de más de 3 meses
Requisitos- Documento de identidad o pasaporte vigente
- Comprobante de seguro médico
- Prueba de recursos financieros suficientes
- Dirección de estancia en Polonia
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Registro de residencia
Los ciudadanos de la UE/EEE que permanezcan en Polonia por más de 3 meses deben registrar su estancia en la Oficina del Voivodato (Urząd Wojewódzki) correspondiente.. -
Seguro médico
Las Au Pairs de países de la UE/EEE suelen utilizar su Tarjeta Sanitaria Europea (TSE). Algunos participantes pueden optar además por un seguro privado. -
Registro del número PESEL
Obtener un número PESEL puede ser útil para muchos trámites cotidianos y administrativos durante tu estancia en Polonia. El PESEL es un número de identificación personal polaco que se utiliza para fines oficiales, como el registro en el sistema de salud, servicios bancarios, administración pública y la firma de ciertos contratos. Aunque no siempre es obligatorio para estancias cortas, muchas Au Pairs lo consideran útil para acceder a servicios y completar trámites con mayor facilidad.Animamos a las Familias Anfitrionas a ayudar a la Au Pair con los procedimientos de registro.
Au Pairs no pertenecientes a la UE – Estancia de hasta 90 días (estancia sin visa o visa Schengen de turista)
Las Au Pairs no pertenecientes a la UE pueden permanecer en Polonia hasta 90 días dentro de un período de 180 días, ya sea bajo el régimen de exención de visa Schengen (para nacionalidades elegibles) o con una visa Schengen de corta duración (tipo C). Debido a que las regulaciones de visa pueden cambiar, te recomendamos encarecidamente verificar los requisitos más recientes en la Embajada o el Consulado de Polonia antes de viajar.
Polonia forma parte del Espacio Schengen; por lo tanto, el tiempo pasado en otros países Schengen también cuenta dentro del límite de 90/180 días.
Requisitos
- Valid passport
- Schengen tourist visa (if required by nationality)
- Pasaporte vigente
- Visa Schengen de turista (si lo requiere tu nacionalidad)
- Seguro médico vigente para toda la estancia
- Prueba de alojamiento en Polonia
- Boleto de regreso o de continuación del viaje
- Prueba de recursos financieros suficientes para la estancia
- Datos de contacto y dirección de la Familia Anfitriona
- Proof of accommodation in Poland
- Return or onward travel ticket
- Proof of sufficient financial resources for the stay
- Contact details and address of the Host Family
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Entrada a PoloniaLas personas de las siguientes nacionalidades solo necesitan pasaporte para una estancia de 3 meses:
Argentina Australia BahamasBarbados Bosnia y Herzegovina Brasil Brunéi Canadá Chile Colombia Corea del Sur Costa Rica El Salvador Emiratos Árabes Unidos Estados Unidos Georgia Granada Guatemala Honduras Hong Kong (RAE) Islas Marshall Islas Salomón Israel Japón Kiribati Macao (RAE) Macedonia del Norte Malasia Mauricio México Micronesia Moldavia Mónaco Montenegro Nicaragua Nueva Zelanda Palaos Panamá Paraguay Perú Reino Unido Samoa San Cristóbal y Nieves San Vicente y las Granadinas Santa Lucía Serbia Seychelles Singapur Taiwán Timor Oriental Tonga Trinidad y Tobago Tuvalu Ucrania (pasaporte biométrico) Uruguay Vanuatu Venezuela Haz clic aquí para consultar los cambios más recientes.Además, los ciudadanos de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza pueden entrar libremente a Polonia bajo acuerdos independientes relacionados con el Espacio Schengen y las regulaciones de la AELC (EFTA).
Los nacionales de países no incluidos en el régimen de exención de visa generalmente deben solicitar una visa Schengen de corta duración (tipo C) antes de su llegada.
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Respetar el límite de estancia SchengenLas Au Pairs que ingresen a Polonia sin visa o con una visa de turista pueden permanecer en el Espacio Schengen por un máximo de 90 días dentro de cualquier período de 180 días. Dado que Polonia es parte del Espacio Schengen, el tiempo pasado en otros países Schengen también se incluye en este cálculo. Es importante realizar un seguimiento cuidadoso de las fechas de viaje y evitar exceder el período permitido. Exceder la estancia permitida puede resultar en multas, deportación o futuras restricciones de visa. En algunos casos, el exceso de estancia también puede afectar futuras solicitudes de permisos de residencia o visas en Europa.
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Mantener los documentos importantes disponibles
Incluso después de la llegada a Polonia, las autoridades pueden solicitar documentos que confirmen el propósito y la legalidad de la estancia. Las Au Pairs deben tener a mano su pasaporte, documentos de seguro médico, detalles del alojamiento e información de contacto de la Familia Anfitriona. Los guardias fronterizos o las autoridades locales también pueden solicitar una prueba de recursos financieros suficientes o un boleto de regreso.
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Registro de dirección temporal (zameldowanie)Las Au Pairs que permanezcan en Polonia por más de 30 días pueden estar obligadas a realizar el registro de dirección temporal (zameldowanie). El trámite se realiza en la oficina municipal local (Urząd Miasta o Urząd Gminy) responsable del lugar de residencia. Durante el proceso de registro, la Au Pair deberá presentar su pasaporte, una visa (si aplica) y la confirmación de alojamiento por parte de la Familia Anfitriona o el propietario de la vivienda. En algunos casos, la oficina también puede solicitar un contrato de alquiler o documentos adicionales de alojamiento. Recomendamos que la Familia Anfitriona ayude con la preparación del papeleo necesario y la gestión de citas si es necesario.El registro de dirección temporal será útil o necesario para ciertos trámites administrativos en Polonia, como obtener un número PESEL, acceder a servicios de salud o abrir una cuenta bancaria. Los requisitos y procedimientos pueden variar según la ciudad, la región y la situación migratoria individual.
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Solicitar un número PESELLas Au Pairs también pueden solicitar un número PESEL, que es un número de identificación personal polaco utilizado para fines administrativos. También puedes obtenerlo en la oficina municipal local (Urząd Miasta o Urząd Gminy) responsable del lugar de residencia.Un número PESEL puede ser útil para:1. Registro en el sistema de salud;2. Servicios bancarios;3. Contratos de telefonía móvil;4. Trámites de administración pública.Las Familias Anfitrionas deben ayudar a las Au Pairs con el proceso de registro del PESEL después de su llegada.
Au Pairs no pertenecientes a la UE – Estancia de más de 90 días (visa nacional o permiso de residencia temporal)
- Valid passport
- Pasaporte vigente
- Seguro médico vigente en Polonia
- Acuerdo escrito o invitación de la Familia Anfitriona
- Prueba de alojamiento
- Prueba de recursos financieros suficientes
- Documentos de solicitud de visa o residencia
- Posible prueba de inscripción en un curso de polaco o estudios (si aplica)
- Boleto de regreso o prueba de fondos suficientes para comprar uno
- Written agreement or invitation from the Host Family
- Proof of accommodation
- Proof of sufficient financial resources
- Visa or residence application documents
- Possible proof of enrollment in a Polish language course or studies (if applicable)
- Return ticket or proof of sufficient funds to purchase one
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Curso de idiomas o estudios
Algunas Au Pairs solicitan la residencia en Polonia basándose en la participación en un curso de polaco o estudios. En estas situaciones, es posible que se requiera un comprobante de inscripción durante el proceso de solicitud de visa o residencia. Es importante discutir el horario semanal con la Familia Anfitriona de antemano para garantizar que la Au Pair tenga suficiente tiempo para asistir a clases y participar en actividades educativas. -
Solicitud de visa nacional
Muchas Au Pairs que permanecen en Polonia por más de 90 días solicitan una visa nacional tipo D en la Embajada o el Consulado de Polonia en su país de origen. Dependiendo del propósito de la estancia, la visa puede emitirse para estudios, intercambio cultural, trabajo u otras categorías de estancia de larga duración. Por lo general, los solicitantes deben presentar formularios de solicitud, documentos de respaldo, datos biométricos y pruebas de recursos financieros suficientes. Los tiempos de procesamiento pueden variar según la nacionalidad y los procedimientos consulares locales. -
Solicitud de permiso de residencia temporal (karta pobytu)
Las Au Pairs que planean una estancia más larga a menudo solicitan un permiso de residencia temporal después de su llegada a Polonia. Las solicitudes se inician generalmente a través de el sistema en línea MOS y son gestionadas por la Oficina del Voivodato (Urząd Wojewódzki) correspondiente al lugar de residencia. Dependiendo del procedimiento, es posible que los solicitantes aún deban presentarse en persona para la verificación de identidad y la toma de huellas dactilares. El procedimiento puede requerir copias del pasaporte, formularios de solicitud completados, fotografías, prueba de alojamiento, seguro médico y documentos que confirmen el propósito de la estancia. Durante el proceso de solicitud, los solicitantes pueden recibir un sello en su pasaporte que confirma la estancia legal mientras se procesa el caso. -
Residencia temporal y autorización de trabajo
En algunas situaciones, las Au Pairs pueden necesitar una autorización de trabajo adicional dependiendo de su nacionalidad y del tipo de acuerdo con la Familia Anfitriona. Es posible que se le solicite a la Familia Anfitriona que proporcione documentación o declaraciones relacionadas con el empleo. Los requisitos varían según la nacionalidad y el estatus migratorio. Los solicitantes siempre deben verificar los procedimientos más recientes en la Embajada, el Consulado de Polonia o la oficina de inmigración local. -
Registro de dirección temporal (zameldowanie)
Las Au Pairs que permanezcan en Polonia por más de 30 días generalmente están obligadas a realizar el registro de dirección temporal, conocido como zameldowanie. El registro se realiza en la oficina municipal local (Urząd Miasta o Urząd Gminy) responsable del lugar de residencia. Durante el procedimiento, la Au Pair suele presentar el pasaporte y los documentos de confirmación de alojamiento proporcionados por la Familia Anfitriona o el propietario de la vivienda. Este registro es comúnmente requerido para diversos trámites administrativos en Polonia. Animamos a las Familias Anfitrionas a ayudar a las Au Pairs con la preparación de los documentos necesarios y la gestión de las citas. -
Registro del PESEL
Después de completar el registro de dirección, las Au Pairs suelen solicitar un número PESEL. El PESEL es un número de identificación personal polaco que se utiliza en el sistema de salud, bancos, administración pública y muchos trámites administrativos cotidianos. Por lo general, la solicitud se presenta en la oficina municipal local. Las Familias Anfitrionas deben apoyar a las Au Pairs durante el proceso de registro si necesitan ayuda. -
Trámites de salud
El seguro médico sigue siendo obligatorio durante toda la estancia en Polonia. Dependiendo de la nacionalidad de la Au Pair y del tipo de seguro, pueden ser necesarios procedimientos adicionales de registro de salud después de la llegada. Algunas Au Pairs utilizan seguros privados internacionales, mientras que otras pueden registrarse en el Fondo Nacional de Salud de Polonia (NFZ) si son elegibles según su estatus de residencia o empleo.